El proyecto de este retiro anticipado se aprobó de manera unánime por el Parlamento y está destinado para todos aquelllas personas que se encuentran ante una enfermedad terminal.
Permitirá a los afiliados activos o pensionados de una AFP que presenten una enfermedad terminal, el retiro de sus fondos como excedente de libre disposición, manteniendo los recursos necesarios para financiar: una renta temporal por 12 meses igual a la Pensión Básica Solidaria (PBS), una cuota mortuoria de 15 UF (436 mil pesos) salvo aquellos del PBS y las pensiones de sobrevivencia.
Desde marzo aquellas personas podrán acogerse a esta nueva ley que se caracteriza por su enfoque humanitario y así mejorar en parte su calidad de vida posible en un momento tan doloroso como este.
Para acceder a la Modalidad Especial de Pensión, deberá calificarse la calidad de enfermo terminal por un consejo médico establecido por la Superintendencia de Pensiones y se entenderá como enfermo terminal a toda persona con una condición patológica grave diagnosticada, progresiva e irreversible con una expectativa de vida inferior a 12 meses.
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